La Audiencia Provincial de Huelva impone penas de hasta cinco años y medio de prisión a dos hombres por retener a un conocido durante una noche en una finca de Galaroza. El tribunal absuelve a otros tres procesados.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a dos hombres a penas de hasta cinco años y medio de prisión por un delito de detención ilegal. Según informa Europa Press, a partir de la resolución judicial, los condenados retuvieron durante una noche, atado y maniatado, a un conocido en una finca de Galaroza para reclamarle deudas por la venta de sustancias estupefacientes.
Cada uno de los dos condenados como autor de la detención ilegal recibe una pena de dos años y medio de prisión. Uno de ellos suma otros tres años de cárcel por robo con intimidación y estafa, mientras que el otro recibe dos meses de multa por un delito leve de maltrato de obra y queda absuelto de robo y estafa. El tribunal absuelve además a otros tres procesados por no quedar acreditada su participación.
Los hechos ocurrieron la noche del 25 de octubre de 2023. Los condenados localizaron a la víctima en Cortegana, la introdujeron por la fuerza en un vehículo con los ojos tapados y la trasladaron a una finca alquilada en las afueras de Galaroza, donde permaneció atada toda la noche. Al día siguiente la llevaron de vuelta a Galaroza.
Días después, uno de los condenados golpeó a la víctima con una barra de hierro en su domicilio de Galaroza. El agredido huyó y se refugió en una sucursal bancaria, desde donde la Guardia Civil acudió a auxiliarlo. A finales de octubre, el otro condenado, acompañado de una persona no identificada, lo amenazó de muerte en Cortegana y le exigió el teléfono, la tarjeta de crédito, el DNI y las claves bancarias.
Con esos datos, el acusado realizó transferencias por Bizum por un total de 863,60 euros a la cuenta de un familiar y retiró el dinero en efectivo en dos oficinas de la capital onubense. La sentencia le obliga a indemnizar a la víctima por esa cantidad y por el resto de objetos no recuperados, cuyo importe se fijará en ejecución de sentencia.
La Audiencia aplica una atenuante por haber liberado al secuestrado en los tres primeros días, aunque fija la pena en la horquilla superior por la violencia ejercida. Rechaza además la atenuante de drogadicción alegada por la defensa de uno de los procesados, al no acreditarse una alteración grave de sus capacidades. Sobre la absolución de los otros tres procesados, la resolución señala que
«no existe prueba alguna»que acredite su intervención o el conocimiento del origen ilícito de los fondos.
Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación.

