La alcaldesa de Huelva ha remitido una carta al ministro de Transportes en funciones, Óscar Puente, para exigir información sobre los plazos reales del AVE Huelva-Sevilla y confirmar que las obras empezarán antes de que caduque la Declaración de Impacto Ambiental en octubre de 2028.
El Ayuntamiento de Huelva ha enviado una carta al ministro de Transportes en funciones, Óscar Puente, en la que reclama información detallada sobre el estado del proyecto de la línea ferroviaria de alta velocidad Huelva-Sevilla, los plazos reales de ejecución y la garantía de que las obras comenzarán antes de que caduque la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) vigente, que expira en octubre de 2028.
La preocupación del Gobierno local parte de los propios plazos administrativos. La normativa fija que la DIA pierde su vigencia si la ejecución del proyecto no se inicia en los cuatro años siguientes a su publicación. Solo cabe ampliar ese plazo hasta dos años adicionales de forma justificada, y el promotor debe pedir la prórroga antes de que expire.
La DIA se publicó el 12 de octubre de 2024, fecha en la que arrancó la cuenta atrás de 48 meses. La redacción de los proyectos se adjudicó un año después, en octubre de 2025, cuando a la DIA le quedaban 36 meses de vigencia. El plazo de redacción es de hasta 42 meses, por lo que, de cumplirse este cronograma, los proyectos no estarían terminados hasta seis meses después de la caducidad de la DIA. A ello se sumaría el tiempo necesario para revisar, licitar y adjudicar las obras, con lo que el inicio real de los trabajos quedaría fuera del plazo ordinario de vigencia salvo que se solicite la prórroga.
Desde la adjudicación, el Ayuntamiento no ha recibido ninguna comunicación sobre el avance de los trabajos. Si la DIA caduca sin prórroga, habría que reiniciar por completo el procedimiento de evaluación ambiental, lo que implicaría la pérdida de años de trabajo y devolver el proyecto a su punto de partida.
En la misiva, la alcaldesa solicita tres cuestiones concretas: información sobre la fase en que se encuentra la redacción de los proyectos y el calendario real de licitación y ejecución de las obras; confirmación de que se ha previsto la solicitud de prórroga de la DIA, o cualquier otra medida, con antelación suficiente; y la garantía expresa de que la DIA no caducará antes del inicio de las obras.

