La sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Huelva ratifica la suspensión cautelar del sacrificio de 'Tiberia 1' y 'Tiberia 2', reclamado por la Junta de Andalucía, mientras se celebra la vista oral.
Un juez de la sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Huelva, plaza número 1, ha ratificado la suspensión cautelar del sacrificio de dos vacas que un vecino de Lepe, José Antonio Oria, mantiene como animales de compañía, según recoge elmundo.es. La diligencia, fechada el 7 de octubre, da la razón de forma provisional al propietario a la espera de que se señale la vista oral.
El origen del caso está en la sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) emitió el pasado junio tras el recurso del Gobierno andaluz. La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía reclamaba "el sacrificio obligatorio y sin derecho a indemnización de los bovinos localizados en la finca situada en la parcela 478 del polígono 12 de Lepe y propiedad del recurrente".
La Junta justificaba su petición en el riesgo de que los animales entren en contacto con otros y puedan contagiar enfermedades como la brucelosis o la tuberculosis, además del peligro para la salud y la seguridad de las personas, y señalaba que "ni siquiera se encuentran debidamente identificados".
Frente a ese argumento, el abogado de Oria certificó ante la sala que los ejemplares están inscritos en el registro de Identificación de Animales de Compañía desde el 12 de noviembre de 2025 y cuentan con sus correspondientes pasaportes. El letrado restó importancia a que la identificación se realizara después de iniciarse el expediente administrativo, porque eso "no invalida su eficacia actual".
Los magistrados han suspendido de forma cautelar el sacrificio, aunque mantienen a los animales inmovilizados en la finca de Lepe donde viven, un terreno de unas 14 hectáreas. Las dos vacas, 'Tiberia 1' y 'Tiberia 2', llegaron allí después de que su propietario fuera invitado a una comida en Sevilla y supiera que las entonces terneras iban a ser sacrificadas.
La decisión se apoya en la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que permite tener como animales de compañía a los que han sido de producción siempre que pierdan esa finalidad. Su artículo 1, apartado b, recoge que deben dedicarse a "explotación, transporte, experimentación y sacrificio en todo su ciclo vital salvo el supuesto de que, perdiendo su fin productivo, el propietario decidiera inscribirlo como animal de compañía en el Registro previsto en la presente ley".
Con ese texto en la mano, Oria acudió a un veterinario y comenzó el proceso para registrar a los animales. El caso sigue en instrucción y queda pendiente la celebración del juicio, en el que se decidirá si las dos vacas pueden quedarse definitivamente en la finca lepera como mascotas.

